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Hoy vamos a continuar con el tópico de los beneficios públicos y tratamos con la Asistencia temporal para familias Indigentes o la Independencia Familiar, el derecho de los estudiantes de matricularse en las escuelas públicas, y las apelaciones. Usted debe proporcionar el Número de Seguro Social para todas las personas en su hogar que están solicitando TANF (FI). Usted puede solicitar los beneficios de TANF para su hijo, pero usted tiene que proporcionar información acerca de sus ingresos y recursos. Con respeto a las escuelas públicas, en Carolina del Sur se requieren solamente dos documentos para alistar a un niño en escuela pública: una forma del Departamento de Salud y Control del Medio Ambiente (disponible en el Departamento de Salud de su condado) y prueba de la edad (como la acta de nacimiento o cualquier otra prueba aceptable donde se muestra la edad del niño). Los distritos escolares pueden también requerir prueba de dirección física o residencia. Si usted tiene la responsabilidad de niños que no son sus hijos, ellos todavía tendran el derecho de matricula en la escuela pública. Usted tendrá que llenar una declaración escrita jurada (affidávit) que explica que usted tiene la responsabilidad de la educación del niño por algunas razones específicas enumeradas en la declaración. Ningún distrito escolar puede rechazar alistar a un niño en la escuela, debido a la carencia de la prueba del estatus de inmigración. Su estatus de inmigración como padre o el de su niño no esta relacionado con su capacidad para alistar a su hijo en la escuela en el estado de Carolina del Sur. Si usted ha solicitado alguna ayuda bajo algún programa de beneficios públicos y le negaron la ayuda, usted puede comunicarse con nuestra oficina para ver si podemos ayudarle a apelar la declinación de las mismas. Si usted recibía alguno de estos beneficios o ayudas y los mismos fueron detenidos, también puede comunicarse con nuestra oficina para ver si podemos ayudarle a apelar la decisión. Por favor recuerde que a menudo el tiempo límite para apelar estas decisiones es muy corto, así que debe comunicarse con nuestra oficinas tan pronto como su solicitud sea negada o tan pronto le hayan retirado las ayuda bajo alguno de estos programas. Tenemos copias de la declaración de matricular en nuestra oficina y tomamos los casos tratando con las apelaciones de las denegaciones de beneficios públicos. Si usted piensa que Servicios Legales de Carolina del Sur puede ayudarle, llame nuestra línea de solicitudes a las 1-888-346-5592 para ver si podemos ayudarle
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