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MI ESPOSO SE HARÁ RESIDENTE POR TRABAJO, PUEDE PEDIRME A MI?

MI ESPOSO SE HARÁ RESIDENTE POR TRABAJO, PUEDE PEDIRME A MI?

Amy Shelley
Inmigración
TU PREGUNTA DE INMIGRACION

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Pregunta: Hola Amy; soy Olga y soy Colombiana, llegué en el año 2003 con visa, mi permiso expiró y me quedé ilegal. Hoy tengo 2 hijos (4 y 6) que son ciudadanos.
A mi esposo lo pidieron en su trabajo y hoy en agosto le llegará la fecha de prioridad y se hará residente con la ayuda de Dios. A mí no me incluyó en la petición, pues no entré a USA en el año 2000 o antes.
Puede mi esposo pedirme a mí, cuando ya sea residente, estando yo acá o tendría que salir del país o tendría que esperar a que él se hiciera ciudadano?
Muchas Gracias
RESPUESTA: Hola Olga, no me dijiste cuando la compañía de tu esposo inició el proceso para él, así que yo te daré dos posibilidades para tu caso.
Si la compañía inició el proceso en o antes del 30 de Abril del 2001 y tu esposo estuvo presente en el país en Diciembre del 2000, es posible que él esté protegido por la ley 245(i), que se venció en 2001.
Eso quiere decir que a él se le perdona por quedarse después de que se venció su visa y por trabajar sin permiso cuando aplicó por la residencia. El tendrá que pagar la multa de $1,000 para tener ese beneficio.
Suponiendo que él está protegido por la 245(i), tú también podrás estar protegida, aun si no estabas presente en el país en el 2000.
Si la persona beneficiada de la petición si estuvo presente y Uds. estaban casados cuando él aplicó para la residencia, tú también puedes pagar la multa y ser perdonada por el tiempo inautorizado. Es posible que tú puedas aplicar con él y no tendrás que esperar para que él haga una petición familiar por ti.
Si no están protegidos por la 245(i), tendrás que esperar hasta que él sea ciudadano (después de 5 años con residencia). Si él es ciudadano, sola hay que probar que entraste legalmente y la entrada se venció.
La otra opción para la residencia es salir de los EEUU, pero hay un castigo de 10 años sin volver a entrar. Así que ese proceso no sería una opción.
Una vez que puedes pedir la residencia (siendo ahora o en 5 años), tendrás el permiso de trabajo dentro de 90 días, y con el permiso puedes solicitar un número de seguro social y una licencia de manejar. La
residencia puede llegar entre 3 y 6 meses si todo sale bien.
Finalmente, si tú aplicas para la residencia y la policía o ICE te para, en general no estarás detenida porque tienes el permiso de estar en el país mientras que el caso está pendiente.
Aun si te detienen y te ponen en un proceso de corte de inmigración, podrías seguir con la aplicación de la residencia y si es aprobada, te pueden cancelar el proceso. Si no eres elegible ahora, desafortunadamente no estás protegida y podrás tener problemas si te detienen.
Es importante aplicar lo más pronto posible si averiguas que eres elegible ahora. Esta información es general pues necesito detalles. Debes consultar con un/a abogado/a para saber si calificas para la residencia. Te deseo todo lo mejor!
Si tiene alguna pregunta escriba por favor a: amy@shelleyimmigration.com llámeme al 864.233.4647 o a Latino al (864)627-1945.

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